lunes, 20 de junio de 2016

Ley Núm. 149 del 15 de julio de 1999 - Ley Orgánica del Departamento de Educación

La Ley Orgánica para el Departamento de Educación Pública de Puerto Rico en el área educativa; crear un Sistema de Educación Pública basado en escuelas de la comunidad con autonomía académica, fiscal y administrativa; disponer sobre el gobierno de esas escuelas los derechos y obligaciones de los estudiantes, y el personal docente y no docente de las escuelas; definir las funciones del Secretario de Educación, las del Director y las del Facilitador. Autorizar al Secretario de Educación a formular e implantar reglamentos para el gobierno del Sistema del Educación Pública.

Naturaleza de la educación pública primaria y secundaria en Puerto Rico

La Ley Orgánica del DE establece que “la Constitución de Puerto Rico consagra el derecho de toda persona a una educación que propenda al pleno desarrollo de su personalidad y al fortalecimiento de los derechos y las libertades fundamentales del hombre. Ordena también que el Gobierno establezca un sistema de educación pública libre, sin ninguna inclinación sectaria y gratuito en posniveles primario y secundaria”.



Las instituciones educativas en Puerto Rico se clasifican, de acuerdo al nivel de los cursos que imparten. Como preescolares (desde guarderías infantiles hasta el kindergarten), elementales (grados 1ro al 6to), intermedias (grados 7mo al 9no), superiores (grados 10mo al 12mo) y postsecundarias.

El DE tiene a su cargo instituciones públicas en cada una de estas clasificaciones, y por tanto brinda servicios a todo el espectro de edades en Puerto Rico. Si bien su responsabilidad principal va dirigida a niños y jóvenes entre las edades de 5 a 18 años.

En el caso particular de las instituciones públicas y postsecundarias a su cargo, las escuelas superiores del DE pueden ser de programa regular, vocacionales, vocacionales con ofrecimientos postsecundarios y especializados. Las instituciones postsecundarias del DE son escuela tecnológicas con ofrecimiento académicos vocacionales, técnicos y de altas destrezas, universitarios y no universitarios. También el DE provee servicios de educación especial para niños con impedimentos, como lo requiere la Ley.


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